Cumplir con el SAR no es solo "pagar impuestos": es saber cuáles aplican a tu empresa, calcularlos bien y presentarlos a tiempo. Aquí están los principales, con la lógica de cada uno.
1. ISV — Impuesto Sobre Ventas
Es el impuesto al consumo (equivalente al IVA en otros países). La tasa general es del 15%, con una tasa mayor del 18% para ciertos bienes específicos. La empresa lo cobra al cliente en cada venta gravada y luego lo entera al SAR, restando el ISV que pagó en sus compras (crédito fiscal).
2. ISR — Impuesto Sobre la Renta
Grava la utilidad de la empresa. Para las sociedades, la tasa es del 25% sobre la renta neta gravable. Además, aplica una aportación solidaria del 5% sobre el exceso de renta neta gravable por encima del umbral que fija la ley. La declaración es anual, pero se anticipa durante el año mediante pagos a cuenta.
3. Pagos a cuenta
El ISR no se paga todo junto al final: el SAR exige anticipos periódicos (pagos a cuenta) calculados sobre el impuesto del año anterior. Llegan a lo largo del ejercicio y se acreditan contra la declaración anual. Ignorarlos genera recargos.
4. Impuesto al Activo Neto
Es un impuesto del 1% sobre el activo neto de la empresa que funciona como un "piso": si el ISR resulta mayor, este no se paga adicionalmente (se acredita). Afecta sobre todo a empresas con muchos activos y poca utilidad declarada.
5. Retenciones
En ciertos pagos, tu empresa actúa como agente de retención: descuenta un porcentaje y lo entera al SAR por cuenta del proveedor. Aplica, por ejemplo, a honorarios profesionales y a otros servicios. Si estabas obligado a retener y no lo hiciste, la responsabilidad recae sobre tu empresa.
6. Obligaciones laborales asociadas
Aunque no son "impuestos" del SAR, la nómina arrastra cargas obligatorias: IHSS, RAP e INFOP, más la retención del ISR de los empleados que superan el mínimo exento. Forman parte del costo real de tener personal.
El problema rara vez es la tasa. Es el desorden: no separar el ISV, no provisionar el ISR y descubrir la deuda cuando ya venció.
Lo que realmente importa
Dos empresas con la misma facturación pueden pagar muy distinto según cómo estén estructuradas y qué gastos puedan deducir legalmente. Ahí está la diferencia entre pagar de más por desorden y optimizar dentro de la ley. No es evadir: es planificar.
¿Estás pagando de más por desorden?
Revisamos tu situación fiscal y te decimos, con números, dónde puedes optimizar legalmente.
Solicitar diagnóstico →